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Novedades normativas en materia de arrendamiento de vivienda habitual en España

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto‑ley 8/2026, de 20 de marzo, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 21 de marzo de 2026 y en vigor desde el día siguiente. La norma introduce medidas aplicables a los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, sujetos a la Ley 29/1994, que estén vigentes en la fecha de entrada en vigor del decreto‑ley. Entre ellas, se establece una prórroga extraordinaria de hasta dos años para los contratos cuyos periodos de prórroga obligatoria o tácita finalicen antes del 31 de diciembre de 2027. 

Durante dicha prórroga se mantendrán los términos y condiciones del contrato vigente, salvo acuerdo distinto entre las partes o en caso de necesidad de ocupación por parte del arrendador conforme a la normativa aplicable.

La norma también fija un límite a la actualización anual de la renta en los contratos cuya anualidad se cumpla entre su entrada en vigor y el 31 de diciembre de 2027. En ausencia de acuerdo entre arrendador y arrendatario, la actualización no podrá superar el 2%, siendo este límite aplicable igualmente cuando el arrendador tenga la condición de gran tenedor según lo previsto en la legislación vigente. 

EMS estará disponible para revisar la situación actual de cada contrato de vivienda habitual y analizar cómo estas disposiciones pueden afectar a su vigencia, plazos y actualizaciones de renta, ofreciendo asistencia para determinar la aplicación concreta del Real Decreto‑ley 8/2026 en cada caso particular.

Si tiene alguna pregunta o desea más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros, un consultor experto de EMS le asesorará según sus necesidades.