España: El Modelo 210 se actualiza con nuevos plazos y obligaciones para los no residentes

La Orden HAC/623/2026, de 12 de junio, introduce una importante actualización del Modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). La norma adapta el formulario a las últimas modificaciones normativas e incorpora nuevos requerimientos de información que refuerzan las facultades de control de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Nuevos plazos de presentación

Uno de los cambios con mayor impacto práctico es la reorganización de los plazos de presentación del Modelo 210 para determinadas rentas inmobiliarias.

La norma sustituye el sistema de autoliquidaciones trimestrales para los rendimientos derivados del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles con resultado a ingresar por un único periodo anual de presentación. La declaración deberá presentarse durante los veinte primeros días naturales del mes de abril del año siguiente al devengo.

Asimismo, las rentas imputadas derivadas de inmuebles urbanos de uso propio deberán declararse entre el 1 de abril y el 31 de diciembre del año siguiente al devengo.

Estas modificaciones simplifican las obligaciones formales y proporcionan un calendario de cumplimiento más claro para contribuyentes y asesores fiscales.

Nuevos requerimientos de información

La actualización también incorpora nuevas obligaciones de información en el Modelo 210.

En relación con las rentas derivadas de bienes inmuebles situados en España, se incorpora un anexo para el desglose de los gastos deducibles correspondientes a inmuebles arrendados o subarrendados. Además, se amplía la información exigida para cada inmueble, incluyendo, entre otros datos, el número de días en que ha permanecido arrendado o a disposición de su titular, el porcentaje de titularidad del contribuyente y, cuando corresponda, la referencia catastral.

Por otra parte, respecto de los rendimientos derivados de dividendos y otras participaciones en fondos propios de entidades, se crea un anexo específico para determinadas autoliquidaciones agrupadas. Este requerirá la identificación de los valores mediante información adicional, como el código ISIN, el código LEI (Legal Entity Identifier) de la entidad emisora y la clave del mercado, reforzando la trazabilidad de estas operaciones y el control de las devoluciones de retenciones.

En conjunto, la Orden HAC/623/2026 no solo modifica el calendario de presentación del Modelo 210, sino que establece un nuevo marco procedimental para el IRNR, caracterizado por una simplificación de las obligaciones formales y un mayor nivel de información exigida. En este contexto, resultará recomendable que tanto los contribuyentes como los profesionales especializados en fiscalidad internacional revisen sus procedimientos internos para adaptarse a los nuevos requisitos establecidos por la norma.

Fuente: Orden HAC/623/2026


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