Cambios recientes en los visados B-1/B-2: nuevo requisito económico
El Departamento de Estado de los Estados Unidos ha actualizado esta semana la lista de países cuyos ciudadanos, al solicitar un visado B-1/B-2 (negocios y turismo), pueden verse obligados a pagar una fianza (visa bond) como condición para la expedición del visado.
Este depósito, que puede ser de 5.000, 10.000 o 15.000 dólares, no garantiza la concesión del visado y solo se devuelve si la persona cumple con las condiciones de su estancia y sale de EE. UU. dentro del plazo establecido.
Los países sujetos al requisito de fianza de visado son:
- África y Oriente Medio: Argelia, Angola, Benín, Botsuana, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, República Centroafricana, Yibuti, Gabón, Gambia, Guinea, Guinea-Bissau, Malaui, Mauritania, Namibia, Senegal, Tanzania, Togo, Turkmenistán, Uganda, Zambia y Zimbabue.
- Asia: Bangladés, Bután, Kirguistán, Nepal, Tonga, Tuvalu, Vanuatu.
- Caribe / Latinoamérica: Antigua y Barbuda, Cuba, Dominica, Venezuela.
- Otros: Fiyi, Costa de Marfil, República de Sierra Leona.
Por el momento, este requisito se aplica únicamente a los visados B-1/B-2 (negocios/turismo) y el importe concreto del depósito se determina durante la entrevista consular. El depósito es reembolsable si se deniega el visado o si el titular cumple con todas las condiciones de su estancia y sale de EE. UU. dentro del plazo autorizado.
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