¿Qué debo saber cuando mi empresa me propone trabajar en otro país?
Por Eva María Blázquez Agudo
Catedrática de Derecho Laboral y de la Seguridad Social de la UC3M
Colaboradora de EMS
Aceptar un traslado fuera del país en el que se desarrolla la actividad laboral, aunque sea dentro de la misma empresa, conlleva importantes consecuencias que es necesario conocer antes de aceptar la oferta de trabajar en otro Estado.
Además de las cuestiones personales y familiares, hay tres aspectos que hay que tener en cuenta antes de aceptar un trabajo en el extranjero: las repercusiones en el salario, en la seguridad social y en el pago de impuestos.
En general, independientemente de que exista alguna normativa aplicable en los países implicados, lo habitual es que se mantenga el salario acordado anteriormente, que ahora se incrementará para compensar el traslado según lo que acuerden las partes.
Además, cuando las personas se trasladan de un país a otro, las empresas suelen cubrir los gastos de traslado, que pueden variar en función de las circunstancias. Estos costes asumidos por la empresa pueden ir desde el pago del transporte inicial propio y el de su familia, que también puede ampliarse con el de un determinado número de viajes en un período concreto, que permitan el regreso temporal al país de origen; hasta los gastos de mudanza de un país a otro; o igualmente el alojamiento, la asistencia sanitaria y el colegio de los hijos e hijas; entre otros.
Aparte de esta cuestión, que suele ser objeto de negociación entre las partes, es importante evaluar las consecuencias fiscales y sociales para decidir si merece la pena el cambio de lugar de trabajo.
A efectos fiscales, normalmente se aplican normas que evitan la doble imposición tanto en el país de origen como en el de trabajo. De este modo, la persona desplazada solo tendrá que pagar sus impuestos a un único Estado. Por ello, será necesario consultar cuál es la normativa aplicable y analizar si se producirá un aumento en el importe de los impuestos a pagar.
Por último, quizás lo más importante sean las repercusiones en materia de seguridad social en dos aspectos. En primer lugar, habrá que evaluar quién abona las cotizaciones al sistema y cómo afecta esto a la persona trasladada, pero también habrá que conocer cuáles serán las consecuencias de este traslado para la protección futura, en particular, en lo que respecta al acceso a la jubilación.
En lo que respecta al pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, también se aplica el principio de evitar la doble cotización. De este modo, en principio, la persona se traslada y la empresa solo pagará en un país.
En cualquier caso, para conocer la normativa aplicable habrá que remitirse a los convenios bilaterales que hayan firmado las autoridades del país de origen con las del país de destino, a los convenios multilaterales (como el Iberoamericano) o a las normas de coordinación europeas (cuando se trate de un traslado entre Estados pertenecientes a la Unión Europea).
En estas normativas se recoge, con mayor o menor detalle, la coordinación de las cotizaciones que se realizan en los distintos países con el fin de tener derecho a prestaciones en el futuro, en particular a la jubilación; así como las cotizaciones que habrá que abonar en cada caso al sistema de seguridad social de los países de origen y de destino.
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