La Orden HAC/623/2026, de 12 de junio, introduce cambios significativos en el Modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). El modelo actualizado se adapta a las recientes modificaciones normativas e incorpora nuevos requisitos de información que refuerzan las capacidades de supervisión y control de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Nuevos plazos de presentación
Uno de los cambios con mayor impacto práctico es la reorganización de los plazos de presentación del Modelo 210 para determinadas rentas inmobiliarias.
La norma sustituye el sistema de autoliquidaciones trimestrales para los rendimientos derivados del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles con resultado a ingresar por un único periodo anual de presentación. La autoliquidación deberá presentarse durante los veinte primeros días naturales del mes de abril del año siguiente al devengo.
Asimismo, las rentas imputadas derivadas de inmuebles urbanos de uso propio deberán declararse entre el 1 de abril y el 31 de diciembre del año siguiente al devengo.
Estas modificaciones simplifican las obligaciones formales y proporcionan un calendario de cumplimiento más claro para contribuyentes y asesores fiscales.
Nuevos requisitos de información
La actualización también incorpora nuevas obligaciones de información en el Modelo 210.
En el caso de las rentas derivadas de bienes inmuebles situados en España, se ha introducido un nuevo anexo para proporcionar un desglose de los gastos deducibles correspondientes a inmuebles arrendados o subarrendados. Asimismo, se ha ampliado la información requerida para cada inmueble, incluyendo, entre otros datos, el número de días durante los cuales el inmueble ha estado arrendado o a disposición de su titular, el porcentaje de titularidad del contribuyente y, cuando corresponda, la referencia catastral.
Además, se ha creado un anexo específico para determinadas autoliquidaciones agrupadas relativas a dividendos y otros rendimientos derivados de participaciones en los fondos propios de entidades. Este anexo exige a los contribuyentes identificar los valores mediante información adicional, incluido el código ISIN, el código LEI (Legal Entity Identifier) de la entidad emisora y la clave del mercado correspondiente, mejorando la trazabilidad de estas operaciones y reforzando el control de los procedimientos de devolución de retenciones.
En conjunto, la Orden HAC/623/2026 no solo modifica el calendario de presentación del Modelo 210, sino que establece un nuevo marco procedimental para el IRNR, caracterizado por una simplificación de las obligaciones formales y un mayor nivel de información exigida. En este contexto, resultará recomendable que tanto los contribuyentes como los profesionales especializados en fiscalidad internacional revisen sus procedimientos internos para adaptarse a los nuevos requisitos establecidos por la norma.
Fuente: Orden HAC/623/2026
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